Queda menos de un mes para el inicio del plazo de la declaración del IRPF y esta semana la Agencia Tributaria. En estas fechas las empresas suelen entregar a los trabajadores el certificado de retenciones. Se trata de un documento en el que constan los ingresos íntegros satisfechos, las retenciones de IRPF practicadas y las cotizaciones a la Seguridad Social. Otros conceptos opcionales son los atrasos, que corresponden a rendimientos de ejercicios anteriores o las dietas exentas del impuesto.
El certificado de rentenciones
Para el autónomo será el cliente al que ha facturado el que le emita un certificado de retenciones, puesto que es un porcentaje de nuestra factura emitida que nosotros no llegamos a cobrar, ni administrar. De esta forma el autónomo tendrá que cuadrar la cantidad que ha facturado y lo que ha declarado como IPRF y que debe ser la misma que le consta ha Hacienda. En este caso se podrá comprobar con la descarga de los datos fiscales.
Gastos deducibles
Los gastos deducibles siempre tienen que estar afectos a la actividad económica y documentados mediante factura y/o justificante. Además deben estar debidamente anotados en el libro de contabilidad, por lo que es necesario prepararlo todo con antelación.
si tenemos dudas consulta al experto
Es habitual que nos dejemos en el tintero deducciones autonómicas a las que muchas veces tenemos derecho pero no se aplican de forma automática. Lo mismo ocurre con los gastos de difícil justificación, si se opta por a declaración simplificada.
Lo ideal es ordenar toda la documentación. Tener todo a mano, repasar los conceptos que son deducibles y si tenemos derechos a ello o no. En todo caso siempre podemos solicitar la ayuda de un experto, para lo cual mejor no esperar a estar en plena campaña e ir pidiendo cita para poder aclarar los conceptos y llegar al inicio de la RENTA con los deberes hechos.