El pago único es una posibilidad que tienen los emprendedores a la hora de iniciar su actividad, de modo que si les pertenece prestación por desempleo, pueden solicitar les abonen el dinero de su paro.
Para poder justificar correctamente esta capitalización siempre se debe de solicitar antes de los 30 días posteriores al inicio de la actividad. Así como, entregar la documentación necesaria para evidenciar el gasto por el cual se ha destinado el pago único.
Si la actividad se ha iniciado diferente de la que constaba en la solicitud y en la memoria pero se ajusta a lo establecido en la normativa, tendrá que presentar una nueva memoria. Además, es probable que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), reclamen más documentos.
A la hora de aportar la documentación la nueva actividad debe de cumplir con los requisitos, que el proyecto sea viable y que la cuantía que requiere su puesta de largo se ajuste a lo concedido inicialmente.
También puede darse que se cumpla con los requisitos legales y con la consideración de viabilidad del proyecto pero que la cuantía recibida no coincida con la memoria, por lo que el SEPE tendrá que dictar una nueva resolución. Cabe la opción que se reclame parte del dinero concedido.
Si no se cumplen los requisitos legales ni el proyecto se considera viable el SEPE reclamará todo lo abonado en concepto de pago único.
Los emprendedores deben tener presente el hecho de destinar la cantidad concedida a su incorporación como socio o social o como persona trabajadora de una cooperativa o actividad laboral, así como a la realización de la actividad como trabajador autónomo o trabajadora autónoma.
Si no se cumplen los requisitos legales ni el proyecto se considera viable el SEPE reclamará todo lo abonado en concepto de pago único. Los emprendedores deben tener presente el hecho de destinar la cantidad concedida a su incorporación como socio o social o como persona trabajadora de una cooperativa o actividad laboral, así como a la realización de la actividad como trabajador autónomo o trabajadora autónoma.
Destinar el dinero del pago único a otros fines acarreará una falta muy grave, con su consecuente sanción, que es la devolución íntegra del dinero y la exclusión del derecho a recibir cualquier prestación económica o ayudas de fomento de empleo durante un año.