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Renta: Las dudas frecuentes al hacer la declaración

Millones de españoles se enfrentan a las dudas frecuentes al hacer la declaración, a continuación os explicamos quienes están obligados a presentarla. Los contribuyentes que ganen más de 22.000 euros brutos anuales de un solo pagador, o 12.000, en el caso de tener más de un pagador, siempre y cuando se reciba de uno de ellos más de 1.500 euros.

Las dudas frecuentes al hacer la declaración

Para algunos es un mero trámite, tan sencillo como confirmar el borrador, pero para otros presentar la declaración de la renta puede llegar a ser una autentica pesadilla. Vamos a ver algunas de las dudas mas frecuentes de los contribuyentes.

Las madres recientes tienen derecho a deduciones

Hay que tener en cuenta la deducción por maternidad que asciende a 1.200 euros anuales. Pueden beneficiarse de ella las madres con hijos menores de 3 años que hayan nacido o hayan sido adoptados en territorio español.
Para solicitarla, las madres solo tendrán que demostrar que están cotizado quince días de cada mes a jornada completa en la Seguridad Social o el 50% de la jornada a tiempo parcial. Además, las contribuyentes pueden escoger entre recibir la ayuda de una sola vez en la presentación de la declaración de la renta o pedir un anticipo de 100 euros al mes, para lo cual tendrán que rellenar y presentar el modelo 140.

¿Viviendas y alquileres desgravan?

Las dudas frecuentes al hacer la declaración?Las deducciones por vivienda habitual también son una habitual fuente de dudas, en parte porque la regulación ha cambiado en los últimos años. Así, las personas con hipotecas firmadas hasta el 31-12- 2012 pueden deducirse un 15% de lo que pagan de hipoteca, hasta un máximo de 9.040 euros por declaración, mientras que los que hayan formalizado su contrato a partir de 2013 no podrán optar a esta deducción.

Lo mismo sucede en el caso de los alquileres. La reforma fiscal acabó con las deducciones por alquiler de vivienda habitual para aquellos contratos firmados a partir del 2015, aunque todos aquellos inquilinos que hayan formalizado su contrato antes del 31-12-2014 podrán continuar aplicándose – de manera general- una deducción del 10,05% del total satisfecho durante el ejercicio fiscal, siempre que no ganen más de 24.107,20 euros anuales.

¿Y los autónomos?

Los autónomos podrán desgravarse los gastos derivados exclusivamente de su actividad profesional: sueldos, viajes, material, IVA soportado, etc… siempre que lo puedan justificar con una factura. Especial atención merecen algunas partidas como el alquiler, los gastos del coche o del móvil, ya que aun y tratarse de pagos derivados de la actividad profesional, pueden confundirse con gastos domésticos y Hacienda pedirá justificación.