Autónomos se reinventan para salir de la crisis y añaden nuevas actividades a sus negocios.
A raíz de la crisis sanitaria que ha dado lugar a la económica, muchas empresas han tenido que adaptarse a la situación, buscando soluciones para sobrevivir. Las empresas deben reinventarse para salir a flote. Una de las posibles soluciones es la reorientación de un negocio.
Los cambios que hemos vivido como sociedad en los últimos meses han provocado cambios en las necesidades de los consumidores, nuevas demandas en la sociedad, necesidades y prioridades diferentes, etc. Por tanto, muchos negocios están optando por dar un nuevo rumbo a sus actividades, buscando enfoques para entrar en nuevos mercados o distinto público objetivo. Pero, ¿esto es algo que se pueda hacer así como así? ¿No hay llevar a cabo una serie de trámites? ¿Qué pasos se deben dar a la hora de reorientar un negocio?
Un emprendedor que quiera poner en marcha un negocio debe darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), en la Seguridad Social, en Hacienda, etc. Pero si ya eres un autónomo o empresario al frente de una empresa, a la hora de reorientar tu actividad, las gestiones son otras. Un negocio ya en marcha debe estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Este impuesto es una obligación para todo el que realice una actividad empresarial, profesional o artística en España. De hecho, antes de solicitar el alta en el RETA, es preciso hacerlo en el IAE como profesional autónomos o como empresario, con el fin de clasificar la actividad empresarial del negocio mediante un código. Este código es lo que conocemos como epígrafe de la actividad.
También debes tener en cuenta que si vas a realizar operaciones comerciales con otros países, también debes realizar otros trámites y gestiones. Además, cambiar o añadir un nuevo epígrafe puede venir acompañado de la obligación de presentar nuevos modelos, por lo que es recomendable informarse sobre ello con anterioridad. Por último, en caso de que vayas a añadir un nuevo epígrafe de actividad al negocio, también es importante valorar primero si son regímenes incompatibles. Esto puede darse porque la actividad nueva tribute, o no, igual que la anterior. Si, por ejemplo, una de las actividades tributa en el Régimen general y la otra en el simplificado son incompatibles entre sí.