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Autónomo societario: cómo tributar el pago de tu cuota para aumentar tu rentabilidad

Si eres socio o administrador de una sociedad tienes diversas vías para abonar tus cuotas a la Seguridad Social. ¿Cuál es la más rentable? ¿Cómo tributan?

Cuando emprendemos un negocio podemos hacerlo bajo diversas fórmulas jurídicas. Las dos más comunes son el autónomo y la Sociedad Limitada (SL). Son las más rápidas y económicas a la hora de poner en marcha una actividad o proyecto empresarial.

Cuando apostamos por la segunda opción (crear una Sociedad), nos situaremos como autónomo societario de la corporación, lo que nos obliga a hacer frente a nuestras cotizaciones a la Seguridad Social encuadrados dentro del RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). En estos casos, ¿quién paga esta cuota de autónomos? ¿El propio autónomo societario o la Sociedad en sí? ¿Qué es lo mejor y cómo se debe proceder en cada caso?

Bases de cotización para autónomos societarios

En este año 2019, la base mínima de cotización es de 1.214,10€ para autónomos societarios, lo que implica un pago mensual de 364,23€. La cotización de los autónomos, puntualizan, es “una obligación personal”, tanto cuando se ejerce una actividad por cuenta propia como cuando el autónomo sea un socio o administrador de sociedad.

Lo mejor es que el socio se encargue del pago de su propia cuota, y la empresa le abone una nómina para hacer frente a ella. Esa nómina será deducible para la empresa en Impuesto de Sociedades, y la cuota de autónomos, deducible en el IRPF del socio como gasto para calcular el rendimiento neto del trabajo.  La empresa tendrá que emitir un ingreso a cuenta del IRPF del perceptor de esos rendimientos, por lo que puede entenderse que estos importes serán deducibles en el Impuesto Sociedades como cualquier otro gasto de personal.

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